Fueron juzgados por los casos de 188 víctimas de delitos de lesa humanidad cometidos en el marco del accionar represivo de la Policía de la Provincia de Santa Fe. Se reconoció la responsabilidad en los crímenes de violencia sexual como delitos autónomos, como había pedido la fiscalía.
Al comenzar, por mayoría, el Tribunal hizo una reparación pedida por las partes acusadoras con respecto a las víctimas y enmarcó los delitos como crímenes de lesa humanidad cometidos en un genocidio. “La vida es sociedad jamás puede dejar de ser democrática”, afirmó la jueza Lilia Carnero. Dentro de la misma reparación, solicitó a los medios masivos que publiquen la sentencia.
El fallo fue transmitido por internet por las medidas de aislamiento durante la pandemia. El juicio estuvo a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Rosario, integrado por la jueza Lilia Carnero y los jueces Aníbal Pineda y Eugenio Martínez.
En representación del Ministerio Público Fiscal intervino la Unidad de Asistencia para causas por violaciones a los Derechos Humanos, a través del fiscal general Adolfo Villatte y la fiscal ad-hoc Ana Oberlin.
Las condenas:
Prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua para José Rubén Lofiego, Mario Alfredo Marcote, Carlos Antonio Scortechini, Ramón Rito Vergara, Ramón Telmo Alcides Ibarra y Ernesto Vallejo; 22 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua para Héctor Gianola (la fiscalía había pedido 25 años) y Eduardo Dugour (la fiscalía había pedido 24); 18 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua para Julio Fermoselle (la fiscalía había pedido 25); y 16 años e inhabilitación absoluta y perpetua para Lucio César Nast (la fiscalía había pedido 23).
También estaban procesados Eugenio Zitelli, Daniel González, Ovidio Olazagoitía y Carlos Altamirano, pero fallecieron y se declaró extinta la acción penal en su contra.
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