PROPORCIONAL DE VACACIONES ¿QUIÉNES LO COBRAN Y CÓMO CALCULAR
El Decreto establece que el personal que en el transcurso del período escolar cese en el servicio docente y haya trabajado por más de noventa días (se suman todos los reemplazos), tendrá derecho a percibir haberes en concepto de vacaciones anuales, de acuerdo a la siguiente escala:
10 días de sueldo por 90 días trabajados
20 días de sueldo por 180 días trabajados
30 días de sueldo por 270 días trabajados
Recordamos que fruto del reclamo de AMSAFE en el ámbito paritario, el Gobierno de la Provincia informó que el día 7 de junio se abonará el proporcional de vacaciones para reemplazantes que se hayan desempeñado en el año 2023.