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10 de mayo de 2020
15:05 hs
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RECHAZO A LAS RESOLUCIONES UNILATERALES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PROVINCIAL.

Desde AMSAFE sostenemos que es la PARITARIA el ámbito para tratar condiciones de trabajo, carrera docente, temas pedagógicos, salariales y todo lo referido a la vida escolar; y es el gobierno quien debe arbitrar los medios para que esa discusión sea posible.

Las Resoluciones 216, 223 y 224 que el ministerio elaboró de manera unilateral desconocen lo que a diario sucede dentro de las escuelas, no contemplan el trabajo cotidiano de docentes, directivos y supervisores, no sólo en estos momentos de emergencia, sino a lo largo de cada ciclo lectivo.

Sobre la Resolución 216, es necesario recordar que el Estado tiene la obligación de garantizar las trayectorias de los alumnos y las alumnas, dicha función es indelegable, y no puede recaer en los supervisores y directores que ya realizan innumerables tareas.

Respecto a la situación de las evaluaciones mencionada en la resolución 224, es cierto que no puede desarrollarse tal y como se venían haciendo antes de la suspensión de clases presenciales. Es momento excepcional y se hace necesaria una restructuración que considere el recorrido de estudiantes y docentes en el presente contexto, que significa un gran esfuerzo para las instituciones y para toda la comunidad educativa. Debemos poner en valor los aprendizajes, no en forma punitiva, sino con una mirada de aprecio y estímulo, sin que esto implique puntaje alguno. También esta resolución genera incertidumbre en las escuelas de enseñanza media para adultos, cuyos cursos de segundo y cuarto año son cuatrimestrales.

En relación a la Resolución 223 sostenemos que las instancias de evaluación para terminar carreras que se mencionan en el punto 1 no deben poner en riesgo la salud de estudiantes y docentes, ni tampoco profundizar aún más las diferencias, debido a situaciones de conectividad, uso de datos, distancias, etc. Este no es un contexto en el que se pueda hablar de desarrollo normal del ciclo lectivo y debe ser entendido de esa manera.

Según lo establece el Decreto 181/09, utilizado en los considerandos de la resolución 223/2020, el Ministerio sólo debe limitarse a casos no previstos, como lo es la cuarentena obligatoria que cambió el todo lo planificado. Estas facultades tienen un carácter finito, limitado por las mismas normas vigentes. El Ministerio no puede ir en contra de derechos y obligaciones preexistentes.

Resulta totalmente inexplicable el punto 2 “Examinaciones de alumnos que adeudan hasta cuatro (4) espacios curriculares pasada la evaluación de marzo de 2020” ya que genera una situación de retroactividad e inequidad difícil de explicar cuando los turnos de exámenes de diciembre, febrero y marzo fueron cumplimentados normalmente. Actualmente los diferentes cursos de escuelas secundarias se encuentran desarrollando sus actividades y esta normativa significa un cambio arbitrario en las reglas de juego.

Valoramos el trabajo que se lleva adelante a través de los diferentes medios adoptados. Docentes, directivos, supervisores, estudiantes y familias hacen esfuerzos permanentes para sostener el vínculo pedagógico, en situaciones desiguales. Desde AMSAFE hemos apoyado y defendido la inclusión y el acompañamiento de las trayectorias escolares y lo seguiremos haciendo, pero exigimos una propuesta seria, responsable y viable, en la que el Estado garantice el Derecho social a la Educación para que todos y todas.

Por todo esto, consideramos que los instrumentos de evaluación que ameriten ser construidos en este contexto deben contar con la participación y la opinión de los trabajadores y las trabajadoras de la educación en el ámbito paritario.

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