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Se informa que fueron publicados los escalafones de suplencias de los niveles Inicial, Primaria y modalidad Especial correspondientes al ciclo lectivo 2019.
AMSAFE informa que, ante las consultas recibidas, estos escalafones no están depurados con los docentes recientemente titularizados (esto sucederá una vez que se carguen las titularidades). Por lo tanto, se debe recordar que el equipo directivo debe solicitar al aspirante a la suplencia la declaración jurada de incompatibilidad, a los efectos de dar prioridad a los docentes que no posean otro cargo de maestro de grado (en un todo de acuerdo con el artículo 23º del anexo II, Decreto 3029/12, que a continuación se transcribe).
ARTÍCULO 23°: “Siempre se deberá comenzar el ofrecimiento por el primer aspirante del escalafón respectivo aunque se encuentre ejerciendo una suplencia ofrecida por el mismo escalafón, en la medida que ello no le ocasione algún tipo de incompatibilidad y que se respete lo dispuesto en el Artículo 29º del presente.
Sin perjuicio de lo establecido en el presente artículo, para el ofrecimiento de las suplencias correspondientes a los cargos Maestro de Grado de Primaria de Escuela Común Diurna y Maestro de Grado Diferencial y Maestro de Nivel Inicial, también a sus modalidades hospitalarias, interculturales bilingües y jornada completa y aquellos otros que desempeñándose encargos de especialidades de cualquier modalidad, tengan grado/sección a cargo, se dará prioridad a los docentes que no se encuentren con desempeño en alguno de los referidos cargos, cualquiera sea su situación de revista.
Es decir que la suplencia no podrá ser asumida por aquel aspirante que pese a encontrarse en un orden de méritos superior se encuentre desempeñando alguno de los cargos referidos y sí será ofrecida a quien se encuentre en un orden de méritos inferior con la condición de no encontrarse desempeñando alguno de los cargos mencionados».