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Desde la CTERA ya hemos expresado nuestro rechazo a la ley 27260/16 del gobierno nacional, ya que la misma utilizando como pretexto el pago de juicios a los jubilados/as, vulnera abiertamente derechos adquiridos y pone en serio riesgo al propio sistema previsional:
Con el “Programa de reparación histórica”: arbitra los medios para estafar a los jubilados/as con juicios ganados, realizando quitas importantes en el monto que por sentencia judicial les corresponde y pagándole en cuotas fijadas arbitrariamente. Acciones claramente inconstitucionales, ya que se trata de derechos irrenunciables según lo establecido en nuestra Constitución Nacional.
La “Pensión Universal para el adulto mayor”: Significa un fuerte retroceso, en términos de derechos previsionales en relación a la moratoria previsional actual, ya que no tan solo representa el 80 % del valor de la jubilación mínima, no se transmite a sus herederos sino que también establece un grave precedente en la edad jubilatoria de las mujeres, aumentándola en 5 años, llevándola de 60 a 65 años.
Con relación al “El fondo de garantía de sustentabilidad del sistema integrado”: Abre solapadamente la puerta para la venta de activos del Fondo General Sustentabilidad del sistema previsional sustituyendo el artículo 12 del decreto 897/7 que la prohibía, atribuyéndole al Poder Ejecutivo el poder realizar las “reformas necesarias “y deroga la ley número 27181 /15 que establecía la prohibición de la venta de este fondo sin previa autorización expresa del congreso de la Nación.
Además de todo lo expresado el decreto número 894/16 que reglamente la aplicación de la citada ley, acelera los pasos necesarios para la Armonización de los Sistemas Previsionales Provinciales:
Se establece una extorsión lisa y llana a las provincias, autorizando a la ANSES a auditar a los sistemas previsionales provinciales. En función de los avances logrados en dicho proceso de armonización el gobierno nacional les puede negar u otorgar financiamiento.
Las provincias deben “armonizar” con Nación, en cuanto a edad jubilatoria, años de servicios exigidos, determinación del haber jubilatorio inicial, y mecanismo de movilidad de haberes.
Desde el 27 de julio del presente año, fecha en la que se reglamentó la ley, comenzó a correr un plazo de 120 días para que las provincias, con sistema previsional propio, firmen su compromiso de armonización previsional y la ley establece un plazo no mayor a 4 años para que las jurisdicciones ajusten sus sistemas previsionales a las pautas nacionales.
El articulado de la ley citada, contiene las herramientas para vulnerar derechos adquiridos por nuestros jubilados/as, empeorar gravemente las condiciones de las futuras jubilaciones, apunta a desfinanciar al sistema público de reparto, despojándolo de su Fondo de Sustentabilidad y además representa una clara extorción a los regímenes previsionales provinciales para obligarlos a que ajusten.
Queda claro que luego de destruir las jubilaciones ordinarias y los sistemas provinciales, el paso siguiente será la eliminación de los regímenes especiales, entre los cuales se encuentra la actual ley 24016 de jubilación nacional docente y el regreso a la estafa que representa el paradigma de los regímenes privados de capitalización, planteado como única opción para garantizar un mejor haber jubilatorio.
La CTERA rechaza enérgicamente este nuevo ataque a los jubilados/as – pensionados/as y a todos los trabajadores/as de nuestro país. Los trabajadores y trabajadoras de la educación no vamos a renunciar a nuestros derechos previsionales ni tampoco a la defensa de un sistema previsional de reparto, público y solidario.
NO AL DESFINANCIAMIENTO DEL SISTEMA PREVISIONAL
NO A LA MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN JUBILATORIO DOCENTE
NO AL AJUSTE POR MEDIO DE LA ARMONIZACIÓN DE LOS SISTEMAS PREVISIONALES PROVINCIALES.
PRENSA CTERA